Abolicionismo y Garantismo: Unterschied zwischen den Versionen

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Desde un punto de vista epistemológico, la criminología crítica, tal como la presenta Aebi (2004:29), no reúne los requisitos para ser considerada una teoría científica puesto que, teniendo en cuenta el propósito de Karl P. Popper, una teoría solo puede ser científica cuando es falseable y si se tiene en cuenta la filiación marxista de Baratta recogida por Aebi (2004:30) se podría convulsar con el carácter infalseable de la criminología crítica.  Dicho carácter infalseable puede consultarse en “la Criminología crítica y crítica al derecho penal” de Baratta (1986:165),  concretamente en el siguiente párrafo:  
Desde un punto de vista epistemológico, la criminología crítica, tal como la presenta Aebi (2004:29), no reúne los requisitos para ser considerada una teoría científica puesto que, teniendo en cuenta el propósito de Karl P. Popper, una teoría solo puede ser científica cuando es falseable y si se tiene en cuenta la filiación marxista de Baratta recogida por Aebi (2004:30) se podría convulsar con el carácter infalseable de la criminología crítica.  Dicho carácter infalseable puede consultarse en “la Criminología crítica y crítica al derecho penal” de Baratta (1986:165),  concretamente en el siguiente párrafo:  


+“cuando hablamos de criminología crítica, [...] situamos el trabajo que se está haciendo para la construcción de una teoría materialista, es decir, económico-política de la desviación, de los comportamientos socialmente negativos de la criminalización, un trabajo que tiene en cuenta instrumentos conceptuales e hipótesis elaboradas en el ámbito del marxismo [...]”.  
+ “Cuando hablamos de criminología crítica, [...] situamos el trabajo que se está haciendo para la construcción de una teoría materialista, es decir, económico-política de la desviación, de los comportamientos socialmente negativos de la criminalización, un trabajo que tiene en cuenta instrumentos conceptuales e hipótesis elaboradas en el ámbito del marxismo [...]”. +


Cabe destacar que Baratta (Abebi, 2004:41) no consigue distinguir esta supuesta ciencia autónoma de la filosofía y la teoría de derecho. Además, dicho autor no explica nunca el criterio de selección de las teorías criminológicas recogidas en su libro, aunque tras un largo estudio se pudo comprobar que las teorías seleccionadas son las que más se acercan a la “definición restrictiva de la criminología propuesta por Baratta” (Aebi, 2004:42). A pesar de ello, Aebi (2004:41) no logra comprender como teorías tan importantes como la teoría del control social de Hirschi o teorías situacionales.
Cabe destacar que Baratta (Abebi, 2004:41) no consigue distinguir esta supuesta ciencia autónoma de la filosofía y la teoría de derecho. Además, dicho autor no explica nunca el criterio de selección de las teorías criminológicas recogidas en su libro, aunque tras un largo estudio se pudo comprobar que las teorías seleccionadas son las que más se acercan a la “definición restrictiva de la criminología propuesta por Baratta” (Aebi, 2004:42). A pesar de ello, Aebi (2004:41) no logra comprender como teorías tan importantes como la teoría del control social de Hirschi o teorías situacionales.
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La visión de Baratta sugiere una explicación de todo comportamiento estigmatizado como negativo por parte de la sociedad, teniendo conocimiento de que la abolición del sistema penal será la única solución posible a dicho problema (Aebi, 2004:84).  Además, cabe destacar, que la escasez de los trabajos empíricos inspirados por la criminología crítica no sorprende a Baratta ya que ésta no tomó en consideración a las víctimas de la delincuencia, siendo éstas las mismas clases subalternas que la criminología crítica intenta proponer. Este error ha provocado diversas consecuencias en el plano político criminal ya que sus políticas se basaron en éste (Aebi,2004:84). Es por ello que Aebi (2004:84) afirma que:  
La visión de Baratta sugiere una explicación de todo comportamiento estigmatizado como negativo por parte de la sociedad, teniendo conocimiento de que la abolición del sistema penal será la única solución posible a dicho problema (Aebi, 2004:84).  Además, cabe destacar, que la escasez de los trabajos empíricos inspirados por la criminología crítica no sorprende a Baratta ya que ésta no tomó en consideración a las víctimas de la delincuencia, siendo éstas las mismas clases subalternas que la criminología crítica intenta proponer. Este error ha provocado diversas consecuencias en el plano político criminal ya que sus políticas se basaron en éste (Aebi,2004:84). Es por ello que Aebi (2004:84) afirma que:  


+”el conservadurismo creciente en las políticas criminales de la mayoría de los países occidentales es una consecuencia indirecta de las posiciones extremas adoptadas por muchos criminólogos críticos”.
+ ”El conservadurismo creciente en las políticas criminales de la mayoría de los países occidentales es una consecuencia indirecta de las posiciones extremas adoptadas por muchos criminólogos críticos”. +


Finalmente, Aebi con su crítica a Baratta constata que “la concepción de la criminología critica de Baratta, con su corolario de una política criminal de las clases subalternas y su objetivo final de abolir la prisión en el marco de una sociedad socialista, solo puede ser contraproducente en estos países en vías de reconstrucción” (Aebi,2004:88).
Finalmente, Aebi con su crítica a Baratta constata que “la concepción de la criminología critica de Baratta, con su corolario de una política criminal de las clases subalternas y su objetivo final de abolir la prisión en el marco de una sociedad socialista, solo puede ser contraproducente en estos países en vías de reconstrucción” (Aebi,2004:88).
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En definitiva, a largo plazo, el objetivo final es la abolición del derecho penal y de la cárcel, pero esto solo será posible en el marco de una sociedad socialista. Por ello, el criminólogo debe renunciar a toda presión de neutralidad y apoyar a la política criminal de las clases subalternas. Para poder renunciar a ello, es conveniente utilizar métodos de análisis marxistas para los estudios que deben realizarse desde el campo de una nueva ciencia, la sociología jurídico penal, cuyo objetivo de estudio son los comportamientos que representan una reacción ante el comportamiento desviado.  
En definitiva, a largo plazo, el objetivo final es la abolición del derecho penal y de la cárcel, pero esto solo será posible en el marco de una sociedad socialista. Por ello, el criminólogo debe renunciar a toda presión de neutralidad y apoyar a la política criminal de las clases subalternas. Para poder renunciar a ello, es conveniente utilizar métodos de análisis marxistas para los estudios que deben realizarse desde el campo de una nueva ciencia, la sociología jurídico penal, cuyo objetivo de estudio son los comportamientos que representan una reacción ante el comportamiento desviado.  


+“Si es difícil concebir y llegar a un acuerdo sobre lo que sería un sistema de castigo humano y justo, es aún más difícil mantener un sistema penal tolerable en la práctica, ya que la política influye inevitablemente” (Hirschi, 1998).
+ “Si es difícil concebir y llegar a un acuerdo sobre lo que sería un sistema de castigo humano y justo, es aún más difícil mantener un sistema penal tolerable en la práctica, ya que la política influye inevitablemente” (Hirschi, 1998). +


===Crítica interna vs Crítica externa===
===Crítica interna vs Crítica externa===
==Bibliografía==
==Bibliografía==
==Webgrafía==
==Webgrafía==
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