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Thomas Lubanga Dyilo (29 de diciembre de 1960, República Democrática del Congo) es un congoleño licenciado en psicología, conocido mundialmente por su participación en las dos guerras de la República Democrática del Congo (RDC). Este militar tiene una gran relevancia en el ambito penal y criminológico ya que fue el primer condenado por la Corte Penal Internacional, considerándose como señor de la guerra.
 
Thomas Lubanga Dyilo (29 de diciembre de 1960, República Democrática del Congo) es un congoleño licenciado en psicología, conocido mundialmente por su participación en las dos guerras de la República Democrática del Congo (RDC). Este militar tiene una gran relevancia en el ambito penal y criminológico ya que fue el primer condenado por la Corte Penal Internacional.


== Biografía ==
== Biografía ==
Lubanga nació en Jiba, territorio de la región de Ituri, en el noreste de la RDC, a principios de los sesenta. Pertenece a la etnia Hema, esta casado y tiene siete hijos. Estudió psicología en la Universidad de Kisangani, entrando en política a partir del año 1999.


Lubanga nació en Jiba, parte de la región de Ituri, en el noreste de la RDC, a principios de los sesenta. Pertenece a la etnia Hema, esta casado y tiene siete hijos. Estudió psicología en la Universidad de Kisangani, entrando en política a partir del año 1999.
En un principio, participa como comandante en la milicia de Reagrupación Congoleña por la Democracia-Movimiento de Liberacion (RDC-ML). En este conflicto es apoyado por Ruanda y Uganda, contra Laurent Kabila, el cual lo catapulta para ascender como ministro de interior en 2001. Posteriormente, se le asigna la creación y presidencia del grupo rebelde Unión de Patriotas Congoleños (UPC) en 2002, que obtiene relevancia cuando le relegan de su anterior cargo. Además de ello, es el comandante jefe del grupo Fuerzas Patrióticas por la Liberación del Congo (FPC), ramificación de UPC que se asienta como partido político, y que exige la autonomía de Ituri.


En un principio, participa como comandante en la milicia de Reagrupación Congoleña por la Democracia-Movimiento de Liberacion (RDC-ML), en este conflicto es apoyado por Ruanda y Uganda, contra Laurent Kabila, el cual lo catapulta para ascender como ministro de interior en 2001. Posteriormente, se le asigna la creación y presidencia del grupo rebelde Unión de Patriotas Congoleños (UPC) en 2002, que obtiene relevancia cuando le relegan de su anterior cargo. Además de ello, es el comandante jefe del grupo Fuerzas Patrióticas por la Liberación del Congo (FPC), ramificación de UPC que se asienta como partido político, exigiendo la autonomía de Ituri.
El conflicto de Ituri, contienda en la que Lubanga participa, se desarrolla a raíz de los enfrentamientos entre las etnias residentes en la región; principalmente, los hema, cuyo grupos son UPC y FPC, y los lendu, cuya representación son el Frente de Resistencia Patriótica en Ituri (FRPI) y el Frente Nacionalista Integrista (FNI), junto con los bira y los ngiti; por la propiedad de la tierra, y el poder político.  


El conflicto de Ituri, contienda en la que Lubanga participa, se desarrolla a raíz de los enfrentamientos entre las etnias residentes en la región. Principalmente, los hema, cuyo grupos son UPC y FPC, y los lendu, cuya representación son el Frente de Resistencia Patriótica en Ituri (FRPI) y el Frente Nacionalista Integrista (FNI), junto con los bira y los ngiti ; por la propiedad de la tierra, y el poder político.
Todo ello se da entre los años 2002 y 2003. Este conflicto, que en un primer momento supuso una disputa local, se agravó debido a la presencia de tropas ugandesas. Entre las violaciones infringidas cabe destacar los asesinatos a martillazos producidos a los lendu, a los que se les obligó a cavar su propia tumba.
 
Todo ello se da entre los años 2002 y 2003. Este conflicto, que en un primer momento supuso una disputa local, se agravo debido a la presencia de tropas ugandesas. Entre las violaciones infringidas cabe destacar los asesinatos a martillazos producidos a los lendu, a los que se les obligó a cavar su propia tumba.


Tras cientos de muertes de civiles y crímenes cometidos por este movimiento, la RDC acude a la Corte que investigará en 2004 a Lubanga, para arrestarlo en 2005, con ayuda de las autoridades de la RDC, el gobierno francés y MONUC. Esta situación conlleva a que se le acuse de alistamiento y reclutamiento de menores de 15 años, con el fin de que participen en dicha guerra.
Tras cientos de muertes de civiles y crímenes cometidos por este movimiento, la RDC acude a la Corte que investigará en 2004 a Lubanga, para arrestarlo en 2005, con ayuda de las autoridades de la RDC, el gobierno francés y MONUC. Esta situación conlleva a que se le acuse de alistamiento y reclutamiento de menores de 15 años, con el fin de que participen en dicha guerra.


== Proceso legal contra Thomas Lubanga ==
== Proceso legal contra Thomas Lubanga ==
Lubanga cuenta con 51 años cuando se produce el litigio. Este proceso se caracteriza en primer lugar, por dar como fruto la primera sentencia firme de la CPI, y en segundo lugar, por su dilación en el tiempo. Se compone de 1373 piezas, con la participación de 129 víctimas y 69 testigos. Las investigaciones, como ya se ha citado antes comienzan en 2004, y no se da un fallo hasta 2012.
Lubanga cuenta con 51 años cuando se produce el litigio. Este proceso se caracteriza en primer lugar, por dar como fruto la primera sentencia firme de la CPI, y en segundo lugar, por su dilación en el tiempo. Se compone de 1373 piezas, con la participación de 129 víctimas y 69 testigos. Las investigaciones, como ya se ha citado antes comienzan en 2004, y no se da un fallo hasta 2012.


La fuente de la que emana toda actuación por parte de la Corte, el Estatuto de Roma, entraña en su artículo 8 e. vii toda la acusación. De este se deben destacar tres claves para la condena de Lubanga:
La fuente de la que emana toda actuación por parte de la Corte, el Estatuto de Roma, entraña en su artículo 8 e. vii. De este se deben destacar tres claves para la condena de Lubanga:
   
   
'''1. Reclutamiento y alistamiento''', tras años de pequeños avances, se pena todo uso que se haga de un menor en la guerra tanto en el concepto de reclutar, en el que el menor es forzado a la participación, como en el de alistar, en el que el menor lo hace voluntariamente. No se tiene en cuenta el consentimiento de los niños.
'''1. Reclutamiento y alistamiento''', tras años de pequeños avances dados en la legislación, se pena todo uso que se haga de un menor en la guerra tanto en el concepto de reclutar, en el que el menor es forzado a la participación, como en el de alistar, en el que el menor lo hace voluntariamente. Esta distinción ha sido significativa pues se destificaba el alistamiento por no ser forzado. No obstante, actualmente no se tiene en cuenta el consentimiento de los niños y con ello también es penado. En este caso, la participación de los infantes no solo se centraba en labores de ayuda, sino que además eran tratados como combatientes con todo lo que ello implica. Muestra de ello se prueba gracias a un gran número de testigos y el material fílmico recabado.


'''2. Carácter no internacional''', se califica de esta naturaleza al delito (que varía su tipificación de no serlo), ya que la Corte lo entiende asi, al explicar que las intervenciones de otros países relacionados con las guerras de la RDC, no guardaban relación con los crímenes cometidos por los grupos dirigidos por Lubanga.
'''2. Carácter no internacional''', se califica de esta naturaleza al delito (que varía su tipificación de no serlo), ya que la Corte lo entiende así, al explicar que las intervenciones de otros países relacionados con las guerras de la RDC, no guardaban relación con los crímenes cometidos por los grupos dirigidos por Lubanga. Si bien es cierto que en su anterior cargo Lubanga se apoyaba en Uganda y Ruanda, el tribunal manifiesta que el conflicto interno de Ituri y la participación de los niños en él, no guardan relación con el resto de guerras que se estaban dando a la vez en RDC y en las que sí tuvieron estos dos países repercusión.


'''3. Autoría''', se cataloga a Lubanga como coautor de los hechos, gracias al articulo 25.3 sobre responsabilidad penal del Estatuto. Cobra gran importancia la teoría del dominio de hecho tenida en cuenta por el tribunal. Según esta, el acusado toma unas decisiones esenciales para la comisión del delito que aunque no sea cometido materialmente por este, si le atribuyen su participación.
'''3. Autoría''', se cataloga a Lubanga como coautor de los hechos, gracias al articulo 25.3.a sobre responsabilidad penal del Estatuto. Cobra gran importancia la teoría del dominio de hecho, tenida en cuenta por el tribunal. Según esta, el acusado toma unas decisiones esenciales para la comisión del delito que aunque no sea cometido materialmente por este, si le atribuyen su culpa. Para ello la fiscalía hubo de probar que el procesado desarrolló un plan común con el resto de responsables, antes y durante el período de las acusaciones, en el que crearían un ejercito para mantener el control político y militar de Ituri, incluyendo a los menores.  


El proceso posee dos suspensiones, la primera en 2008 y la segunda en 2010, por las acciones del Fiscal Moreno Ocampo, en las que se cuestiona su imparcialidad a la hora de demostrar la veracidad de los hechos, aportando información solo de carga inculpatoria (y no la exculpatoria), y testigos de dudosa procedencia, respectivamente.  
El proceso posee dos suspensiones, la primera en 2008 y la segunda en 2010, por las acciones del Fiscal Moreno Ocampo, en las que se cuestiona su imparcialidad a la hora de demostrar la veracidad de los hechos, aportando información solo de carga inculpatoria (y no la exculpatoria), y testigos de dudosa procedencia, respectivamente. En la primera interrupción, se trataba de unos documentos que necesitaban para su presentación de la autorización de Naciones Unidas, de la que se prescindió, y que la defensa estimaba primordial para un juicio justo. En 2010, se presentaron unos testigos a través de un intermediario del que no se daba información por seguridad, y que planteaban la posibilidad de que estos estuviesen sobornados. Esto llegó incluso a plantearse la liberación de Lubanga. Finalmente, el litigio continuó.


Moreno Ocampo, que en principio pedía 30 años de prisión para Lubanga, señaló que rebajaría su petición a 20 años si el militar era capaz de disculparse ante las víctimas  
Moreno Ocampo, que en principio pedía 30 años de prisión para Lubanga, señaló que rebajaría su petición a 20 años si el militar era capaz de disculparse ante las víctimas.


== Fallo de la Corte ==
== Fallo de la Corte ==
 
Definitivamente y a pesar de los obstaculos, se condena a Lubanga por el reclutamiento y alistamiento de niños para su participación en la guerra. Quedó demostrado que se sometía a los niños a un duro entrenamiento militar, sufriendo severos castigos y participando activamente en los conflictos en los que estuvo envuelto el grupo liderado por Lubanga. Algunos de ellos fueron sus propios guardaespaldas, ademas de porteadores, soldados o esclavos sexuales.
Finalmente y a pesar de los obstaculos, se condena a Lubanga por el reclutamiento y alistamiento de niños para su participación en un conflicto bélico. Quedó demostrado que se sometía a los niños a un duro entrenamiento militar, sufriendo severos castigos y participando activamente en los conflictos en los que estuvo envuelto el grupo liderado por Lubanga. Algunos de ellos fueron sus propios guardaespaldas, ademas de porteadores, soldados o esclavos sexuales.


Además de ello, teniendo pruebas de la comisión de delitos de caracter sexual, se interpuso recurso ante la Sala de Apelaciones que no se tuvieron en cuenta, a pesar del testimonio de 15 testigos, ya que no se podía modificar la tipificación del delito. Una mayoria, culpó al Fiscal por no haber añadido este tipo de delitos a la acusación. Sin embargo, la Jueza Odio Benito mostró su desacuerdo, pues entendia que aún no habiendose añadido, se debian agrupar con el reclutamiento y uso de los menores. No obstante, si se incluyeron los trabajos domésticos a los que principalmente las niñas fueron sometidas, como participación en la guerra indirectamente.
Además de ello, teniendo pruebas de la comisión de delitos de caracter sexual, se interpuso recurso ante la Sala de Apelaciones que no se tuvieron en cuenta, a pesar del testimonio de 15 testigos, ya que no se podía modificar la tipificación del delito. Una mayoria, culpó al Fiscal por no haber añadido este tipo de delitos a la acusación. Sin embargo, la Jueza Odio Benito mostró su desacuerdo, pues entendia que aún no habiendose añadido, se debian agrupar con el reclutamiento y uso de los menores. No obstante, si se incluyeron los trabajos domésticos a los que principalmente las niñas fueron sometidas, como participación en la guerra indirectamente.


Lubanga estuvo arrestado durante todo el procedimiento, por lo que seis años de los catorce que debia estar en prisión fueron descontados. Para el derecho penal y la criminología, la primera sentencia de la CPI fue un hito histórico y un gran paso para la justicia internacional. Fue la primera condena en sus diez años de vida, que servirá de inspiración para lasposteriores.
Lubanga estuvo arrestado durante todo el procedimiento, por lo que seis años de los catorce que debia estar en prisión fueron descontados. Para el derecho penal y la criminología, la primera sentencia de la CPI fue un hito histórico y un gran paso para la justicia internacional. Fue la primera condena en sus diez años de vida, que servirá de inspiración para la jurisprudencia posterior.


Tras condenar a Lubanga por unanimidad, la pena no se acercaba a lo pedido por el Fiscal. Sin embargo, a pesar de la magnitud de la situación y de su condena, cabe mencionar que cuando el juez Fulford dictó sentencia, el acusado no se sorprendió. El magistrado se refirió al reo como "una persona educada e inteligente", aspecto que significativo a la hora de investigar su culpabilidad.
Tras condenar a Lubanga por unanimidad, la pena no se acercaba a lo pedido por el Fiscal. Sin embargo, a pesar de la magnitud de la situación y de su condena, cabe mencionar que cuando el juez Fulford dictó sentencia, el acusado no se sorprendió. El magistrado se refirió al reo como "una persona educada e inteligente", aspecto que fue significativo a la hora de investigar su culpabilidad.


== Otras atribuciones ==
== Otras atribuciones ==
Lubanga también ha sido relacionado en la muerte de nueves cascos azules en Bangladesh, de la que fue absuelto, y de la comisión de asesinatos y vejaciones contra civiles de la región de Ituri.
Lubanga también ha sido relacionado en la muerte de nueves cascos azules en Bangladesh, de la que fue absuelto, y de la comisión de asesinatos y vejaciones contra civiles de la región de Ituri.


A pesar de las pruebas recogidas y el veredicto dado por la Corte, existe controversia sobre la responsabilidad del congoleño pues una vertiente de la población lo excusa alegando que es un preso político, victima de falsas acusaciones.
A pesar de las pruebas recogidas y el veredicto dado por la Corte, existe controversia sobre la responsabilidad del congoleño pues una vertiente de la población lo excusa alegando que es un preso político, víctima de falsas acusaciones.


Actualmente, Thomas Lubanga Dyilo cumple condena como criminal de guerra.
Actualmente, Thomas Lubanga Dyilo cumple condena como criminal de guerra.
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-[http://www.emol.com/noticias/internacional/2012/07/10/549927/la-historia-de-lubanga-el-primero-en-ser-juzgado-por-cpi.html La oscura historia de Lubanga, marcada por las violaciones a los DD.HH.]
-[http://www.emol.com/noticias/internacional/2012/07/10/549927/la-historia-de-lubanga-el-primero-en-ser-juzgado-por-cpi.html La oscura historia de Lubanga, marcada por las violaciones a los DD.HH.]
-[http://www.iei.uchile.cl/noticias/83987/caso-lubanga-la-corte-penal-internacional-se-abre-camino Caso Lubanga, la Corte Penal Internacional se abre camino]


-[https://www.icc-cpi.int/drc/lubanga/Documents/LubangaEng.pdf Situation in the Democratic Republic of the Congo The Prosecutor v. Thomas Lubanga Dyilo]
-[https://www.icc-cpi.int/drc/lubanga/Documents/LubangaEng.pdf Situation in the Democratic Republic of the Congo The Prosecutor v. Thomas Lubanga Dyilo]
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-[http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=23923#.WDQ_UubhDIU CPI condena a 14 años de prisión a Lubanga por reclutamiento de niños soldados]
-[http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=23923#.WDQ_UubhDIU CPI condena a 14 años de prisión a Lubanga por reclutamiento de niños soldados]


*[http://www.kas.de/wf/doc/kas_39234-1522-4-30.pdf?141022163159 AMBOS K., “El primer fallo de la Corte Penal Internacional (Prosecutor v. Lubanga): un análisis integral de las cuestiones jurídicas” en INDRET, Revista para el análisis del derecho, núm. 3, 2012]
-[http://www.kas.de/wf/doc/kas_39234-1522-4-30.pdf?141022163159 AMBOS K., “El primer fallo de la Corte Penal Internacional (Prosecutor v. Lubanga): un análisis integral de las cuestiones jurídicas” en INDRET, Revista para el análisis del derecho, núm. 3, 2012]


*LÓPEZ MARTÍN A. “Primera Sentencia de la Corte Penal Internacional sobre Reparación de las Victimas: Caso The Prosecutor C. Thomas Lubanga Dyilo” en Revista Española de Derecho Internacional 2013.
*LÓPEZ MARTÍN A. “Primera Sentencia de la Corte Penal Internacional sobre Reparación de las Victimas: Caso The Prosecutor C. Thomas Lubanga Dyilo” en Revista Española de Derecho Internacional 2013.


-PAZ N. “Ausencia de una perspectiva de género en la Corte Penal Internacional: una mirada al caso Fiscalía vs. Lubanga Dyilo” en Anuario Iberoamericano de Derecho Penal Internacional vol. 4 2016 pág. 68.
*NANZER A., “Disclosure e integridad procesal en el caso Lubanga” en Análisis de la Primera Sentencia de la Corte Penal Internacional. El Caso Lubanga AMBOS K., MALARINO E., y STEINER C. (ed.) Colombia 2014.
 
*PAZ N. “Ausencia de una perspectiva de género en la Corte Penal Internacional: una mirada al caso Fiscalía vs. Lubanga Dyilo” en Anuario Iberoamericano de Derecho Penal Internacional vol. 4 2016 pág. 68.
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